Abogado especializado en impuesto de sucesiones y donaciones en Ibiza
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En Rodríguez Tur Abogados asesoramos en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Ibiza y Baleares. Calculamos cuánto corresponde pagar, aplicamos las bonificaciones y reducciones que te benefician y presentamos la liquidación dentro de plazo. También planificamos la transmisión del patrimonio en vida para que herederos y donatarios paguen lo justo y sin sanciones.
Calculadora del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Baleares
Calcula una cifra orientativa de lo que pagaría un heredero o donatario en Ibiza y Baleares, o compara si conviene donar o dejar en herencia.
Estimación orientativa basada en la normativa del Impuesto de Sucesiones y Donaciones de las Illes Balears (actualizada en octubre de 2026). No incluye todas las reducciones posibles (empresa familiar, explotación agraria, seguros de vida), la plusvalía municipal ni los gastos de notaría y registro. El resultado real depende de cada caso y no sustituye el asesoramiento de un abogado.
Servicio Completo de Gestión de la Liquidación del Impuesto de Sucesiones
Planificación legal y fiscal de la herencia
Ordenamos la transmisión del patrimonio para que cueste menos y no genere conflictos. Combinamos testamento, donaciones en vida y reparto de bienes, y comparamos qué opción tributa menos. Te ayudamos a decidir entre donar o heredar. Si hay empresa familiar o bienes en varios países, lo coordinamos con nuestra estructuración patrimonial.
Reducciones por vivienda habitual y otras ventajas fiscales
Cuando la herencia incluye la vivienda habitual del fallecido, la ley prevé una reducción en la base imponible, con requisitos de permanencia y un límite por heredero. Revisamos si la cumples y la aplicamos. Estudiamos también otras reducciones (empresa familiar, seguros de vida) y las bonificaciones de cuota que Baleares prevé para familiares directos.
Documentación y plazos
Solicitamos certificados de defunción, de últimas voluntades y de seguros, y organizamos la documentación para presentarla a tiempo. El plazo general es de seis meses desde el fallecimiento. Para las donaciones es de treinta días hábiles. Antes de liquidar, cada heredero debe aceptar o renunciar a la herencia.
Preguntas frecuentes sobre el Impuesto de sucesiones y donaciones
Depende del parentesco, del valor de lo heredado y del patrimonio previo del heredero. Cónyuge, hijos y padres disfrutan en Baleares de bonificaciones en la cuota que reducen el importe de forma notable. Calculamos tu caso concreto antes de presentar nada.
Seis meses desde el fallecimiento, con posibilidad de prórroga de otros seis si se pide dentro del plazo ordinario. En las donaciones, treinta días hábiles desde el documento en que se formalizan.
Se aplican recargos que aumentan cada mes de retraso, más intereses si pasa un año. Si aún no ha llegado ningún requerimiento, regularizar cuanto antes limita el coste.
Depende. En la donación el hijo hereda el valor de compra del donante a efectos de una futura venta. En la herencia se actualiza al valor del día del fallecimiento. Analizamos ambos caminos con cifras antes de decidir.
La norma aplicable depende de dónde residen el causante y el heredero y de dónde están los bienes. Con inmuebles en Ibiza analizamos cuál corresponde.Más detalle en nuestro servicio de herencias internacionales.
No esperes más
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