Abogado especializado en Inspecciones Fiscales y Procedimientos ante Hacienda en Ibiza

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En Rodríguez Tur Abogados, representamos y defendemos a particulares, autónomos y empresas en Ibiza y Baleares frente a actuaciones de la Agencia Tributaria, la Agència Tributària de les Illes Balears (ATIB) y los órganos de gestión tributaria municipales. Una inspección fiscal o un requerimiento de Hacienda exigen respuesta técnica inmediata: los plazos son cortos, la documentación requerida es voluminosa y cualquier error u omisión puede agravar la situación del contribuyente.

Abogado para inspecciones fiscales en Ibiza

Abogado para inspecciones fiscales en Ibiza

Un procedimiento de inspección permite a la Administración comprobar la situación tributaria del contribuyente durante los últimos cuatro años no prescritos. Puede abarcar uno o varios impuestos (IRPF, IVA, Sociedades, Patrimonio, Sucesiones) con alcance parcial o general.

 

En Ibiza, las comprobaciones más habituales afectan a la fiscalidad inmobiliaria (valoración en transmisiones, rentas de alquiler no declaradas, ganancias por venta de inmuebles), la tributación de no residentes y la actividad turística. La ATIB actúa sobre tributos cedidos y los ayuntamientos comprueban plusvalías e IBI.

 

Intervenimos desde la primera comunicación de la Administración, diseñamos la estrategia de defensa y acompañamos al cliente hasta la resolución definitiva.

Servicios de Asistencia en Inspecciones Fiscales y Procedimientos ante Hacienda en Ibiza

Cubrimos todas las fases y modalidades de los procedimientos tributarios en Ibiza, desde requerimientos de información y comprobaciones limitadas hasta inspecciones de alcance general que afectan a varios impuestos y ejercicios. Tanto si recibes una notificación de la Agencia Tributaria estatal como de la ATIB o de un ayuntamiento, nuestro equipo analiza la situación, define la estrategia y gestiona cada trámite dentro de los plazos legales.

Asistencia en Procedimientos de Inspección Tributaria

Te representamos desde la notificación de inicio: preparamos la documentación, asistimos a las comparecencias ante el actuario, formulamos alegaciones al acta y recurrimos la liquidación si procede. Controlamos los plazos del procedimiento, ya que si la inspección supera los 18 meses (27 en casos de especial complejidad), las consecuencias sobre prescripción e intereses cambian a favor del contribuyente.

Respuesta a Requerimientos y Procedimientos de Comprobación Limitada

Hacienda y la ATIB emiten requerimientos de información y abren procedimientos de comprobación limitada con frecuencia. Aunque su alcance es menor que una inspección, pueden derivar en liquidaciones provisionales con recargos e intereses. Preparamos la respuesta documentada dentro del plazo, verificamos que la Administración no exceda los límites legales de este procedimiento.

Comprobación de Valores Inmobiliarios

En transmisiones de inmuebles (compraventas, herencias, donaciones), la Administración autonómica puede comprobar si el valor declarado se ajusta al valor de referencia catastral. Si determina un valor superior, emite una liquidación complementaria. Impugnamos estas comprobaciones aportando tasaciones periciales contradictorias cuando el valor de referencia no refleja la realidad del inmueble.

Alegaciones y Recursos contra Liquidaciones Tributarias

Cuando la Administración emite una propuesta de liquidación o una liquidación definitiva, preparamos alegaciones fundamentadas en derecho y, si no son estimadas, interponemos recurso de reposición o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) de Baleares. Si la cuantía lo justifica, recurrimos ante el Tribunal Económico-Administrativo Central.

Procedimientos Sancionadores Tributarios

La Administración puede imponer sanciones por infracciones leves (falta de presentación de declaraciones informativas), graves (dejar de ingresar cantidades debidas) o muy graves (uso de medios fraudulentos). Analizamos la tipificación de la infracción, verificamos si concurren causas de exoneración (interpretación razonable de la norma, regularización voluntaria previa) y recurrimos la sanción cuando existe base jurídica para ello.

Aplazamientos y Fraccionamientos de Deuda Tributaria

Cuando la liquidación resulta firme y la deuda es elevada, tramitamos solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento ante la Agencia Tributaria o la ATIB. Preparamos el plan de pagos, calculamos los intereses de demora asociados y, si la deuda supera los umbrales establecidos, gestionamos la aportación de garantías (aval bancario, hipoteca, fianza) exigidas por la Administración.

 

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