Ley Beckham en España: qué es, a quién se aplica y ventajas fiscales

que es la ley beckham?

La conocida como Ley Beckham es el nombre informal que recibe el régimen fiscal especial para trabajadores desplazados a España, regulado en el artículo 93 de la Ley del IRPF. Se trata de un régimen diseñado para atraer talento extranjero mediante una tributación más favorable durante los primeros años de residencia fiscal en España.


Aunque su denominación popular se originó por su aplicación a futbolistas de élite en sus inicios, la Ley Beckham no está pensada exclusivamente para deportistas. De hecho, actualmente los deportistas profesionales están expresamente excluidos, mientras que el régimen sigue siendo especialmente interesante para directivos, empleados cualificados, administradores y determinados teletrabajadores internacionales.


¿Qué es la Ley Beckham y en qué consiste?

 

La Ley Beckham permite que determinadas personas que se trasladan a España por motivos laborales tributen como no residentes, aun adquiriendo la residencia fiscal en España.


Esto implica, principalmente, que:

  • Solo tributan en España por las rentas obtenidas en territorio español.
  • Se aplica un tipo impositivo fijo, en lugar de la escala progresiva del IRPF.
  • Se eliminan determinadas obligaciones fiscales asociadas a la residencia ordinaria.

El régimen tiene una duración limitada y debe solicitarse expresamente ante la Agencia Tributaria dentro del plazo legal.


Origen y evolución del régimen de impatriados

 

Este régimen fue introducido en 2005 con el objetivo de mejorar la competitividad fiscal de España frente a otros países europeos y atraer profesionales altamente cualificados.


Su popularización se produjo cuando el futbolista David Beckham se acogió a este régimen tras su fichaje por el Real Madrid, lo que dio lugar a su denominación mediática. No obstante, tras diversas reformas —especialmente la de 2010—, el legislador excluyó a los deportistas profesionales y limitó su aplicación a determinados perfiles laborales.


En la actualidad, el régimen sigue plenamente vigente y ha sido ampliado recientemente para incluir nuevos supuestos, como determinados teletrabajadores internacionales.


Objetivo y evolución normativa

 

El propósito principal del régimen fiscal de impatriados es favorecer la competitividad fiscal de España frente a otros países europeos a la hora de atraer talento internacional. Si bien inicialmente era muy flexible, a lo largo de los años se han introducido reformas para limitar su uso en ciertos colectivos (como deportistas profesionales), endurecer requisitos y controlar el posible uso abusivo de este beneficio.

Actualmente, sigue siendo una herramienta útil para empresas que contratan perfiles internacionales, así como para profesionales que se trasladan a España por razones laborales.

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¿A quién va dirigida realmente la Ley Beckham?


Uno de los errores más comunes es pensar que la Ley Beckham es un régimen para deportistas o celebridades. En realidad, está dirigida a trabajadores que se trasladan a España por motivos profesionales, entre ellos:

  • Empleados extranjeros contratados por empresas españolas.
  • Trabajadores desplazados por empresas extranjeras a España.
  • Directivos y altos cargos.
  • Administradores de sociedades españolas (sin participación significativa).
  • Profesionales que se trasladan a España para trabajar en remoto para una empresa extranjera (en determinados supuestos).

El elemento clave no es la nacionalidad, sino el cambio de residencia fiscal a España como consecuencia de una relación laboral.


Requisitos Ley Beckham en 2026

 

Para poder aplicar el régimen fiscal especial de impatriados, deben cumplirse los siguientes requisitos:

  • No haber sido residente fiscal en España durante los cinco años anteriores al traslado.
  • Trasladarse a España como consecuencia de:
    – Un contrato de trabajo.
    – Un desplazamiento intraempresarial.
    – La incorporación como administrador de una sociedad.
  • Que la actividad se realice efectivamente en España.
  • No obtener rentas mediante un establecimiento permanente en territorio español.
  • Solicitar el régimen dentro del plazo de seis meses desde el alta en la Seguridad Social o sistema equivalente.

El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos puede suponer la denegación o pérdida del régimen.


Supuestos excluidos o no aplicables

 

No pueden acogerse a la Ley Beckham:

  • Deportistas profesionales, excluidos desde 2010.
  • Autónomos y profesionales que desarrollen actividades económicas por cuenta propia.
  • Administradores de sociedades con una participación igual o superior al 25 %.
  • Personas que obtengan rentas a través de un establecimiento permanente en España.

Estas limitaciones buscan evitar un uso abusivo del régimen y centrarlo en trabajadores desplazados por cuenta ajena.


Duración del régimen fiscal especial


La Ley Beckham se aplica durante seis ejercicios fiscales consecutivos:

  • El año en que se adquiere la residencia fiscal en España.
  • Los cinco ejercicios siguientes.

Finalizado este periodo, el contribuyente pasa automáticamente a tributar conforme al régimen general del IRPF como residente fiscal ordinario.

Ventajas fiscales de la Ley Beckham

 

El principal atractivo de la Ley Beckham reside en las ventajas fiscales que ofrece a los trabajadores extranjeros que se trasladan a España. Este régimen especial permite una tributación más favorable respecto al régimen general del IRPF, lo que puede suponer un ahorro considerable durante los primeros años de residencia.


¿Qué ventajas fiscales ofrece la ley beckham en comparación con el régimen general del irpf?

 

La Ley Beckham permite a los trabajadores extranjeros que se trasladan a España beneficiarse de un tipo impositivo fijo del 24 % sobre sus rentas del trabajo (hasta 600.000 €), muy por debajo de la escala progresiva del IRPF que puede superar el 45 %. Además, excluye de tributación las rentas obtenidas fuera de España y no exige presentar el modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero. Estas ventajas hacen de este régimen fiscal una opción especialmente atractiva frente al régimen general del IRPF, sobre todo para perfiles con ingresos elevados o patrimonios internacionales.

 

Tipo impositivo reducido

 

Bajo este régimen, el contribuyente tributa como si fuera no residente, pero con algunas particularidades. En lugar de aplicar la escala progresiva del IRPF (que puede superar el 45 % en determinados tramos), los beneficiarios tributan a un tipo fijo del 24 % sobre los primeros 600.000 euros de renta anual procedente del trabajo. Las rentas que excedan ese umbral se gravan al 47 %.

Este tipo fijo resulta especialmente ventajoso para perfiles con rentas medias-altas que, bajo el régimen general, pagarían un porcentaje superior en función de su nivel de ingresos.


Exclusión de rentas extranjeras

 

Otra ventaja significativa es que los contribuyentes acogidos a este régimen únicamente tributan por las rentas obtenidas en España. Las rentas generadas fuera del país —por ejemplo, intereses, dividendos o alquileres percibidos en el extranjero— no tributan en España, salvo que procedan de fuentes españolas.

Esta característica convierte a la Ley Beckham en una herramienta eficaz para proteger patrimonios internacionales y planificar la fiscalidad global de manera eficiente.


Comparativa con el régimen fiscal ordinario

 
Aspecto Régimen Ordinario IRPF Ley Beckham (régimen impatriados)
Tipo impositivo Escala progresiva (hasta 47 %) Tipo fijo 24 % hasta 600.000 €, 47 % en adelante
Tributación de rentas extranjeras No (solo rentas obtenidas en España)
Duración del régimen Permanente 6 años
Declaración patrimonial (modelo 720) Obligatoria No obligatoria

Esta comparación evidencia por qué muchas personas que se trasladan a España por motivos profesionales consideran la Ley Beckham una opción fiscalmente atractiva, sobre todo durante sus primeros años en el país.

 

¿Cómo solicitar la Ley Beckham en España?

 

Acogerse al régimen fiscal especial de impatriados no es automático. Requiere una solicitud expresa ante la Agencia Tributaria, cumpliendo con los plazos y condiciones establecidos.


Documentación necesaria

  • Modelo 149.
  • Contrato de trabajo o documento acreditativo del desplazamiento.
  • Alta en la Seguridad Social o sistema equivalente.
  • En su caso, documentación societaria para administradores.

Plazo de solicitud

El plazo es de seis meses desde la fecha de alta en la Seguridad Social en España. La presentación se realiza de forma telemática ante la Agencia Tributaria.

Una vez concedido el régimen, el contribuyente deberá presentar anualmente el Modelo 151.

 

Esta documentación debe presentarse ante la Agencia Tributaria junto con cualquier otro justificante que respalde el motivo y condiciones del traslado.


Plazos y presentación ante la Agencia Tributaria

 

El plazo para presentar la solicitud es de seis meses naturales desde la fecha de alta en la Seguridad Social en España o, en su defecto, desde el alta en el sistema alternativo correspondiente si el trabajador no cotiza en España.


La presentación se realiza de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, utilizando certificado digital, Cl@ve PIN o sistema de representación legal si se tramita a través de un abogado o gestor autorizado.

Una vez aceptada la solicitud, la Agencia Tributaria emitirá una resolución notificando la concesión del régimen. A partir de ese momento, el trabajador deberá presentar anualmente el Modelo 151, correspondiente al régimen especial de impatriados.


Consideraciones legales y fiscales

 

Aunque la Ley Beckham ofrece ventajas fiscales notables, también es importante tener en cuenta una serie de aspectos legales y limitaciones que pueden influir en su aplicación y conveniencia. Un análisis personalizado resulta fundamental para evitar errores y optimizar su uso dentro de la planificación fiscal del contribuyente.


Casos especiales (teletrabajo, deportistas, etc.)

 

Tras las últimas reformas normativas, el régimen fiscal de impatriados se ha ampliado a determinados perfiles profesionales, siempre que se cumplan estrictamente los requisitos legales:


Teletrabajadores internacionales: La Ley de Startups ha permitido que determinados trabajadores por cuenta ajena que se trasladen a España para prestar servicios a distancia para una empresa extranjera puedan acogerse al régimen. En estos casos, es imprescindible acreditar la existencia de una relación laboral real, el vínculo con la empresa no residente y que el desplazamiento se produzca como consecuencia del trabajo.

Deportistas profesionales: Desde la reforma de 2010, los deportistas profesionales están expresamente excluidos del régimen de impatriados, independientemente de su nivel de ingresos o nacionalidad.

Administradores de empresas: Podrán beneficiarse del régimen únicamente aquellos administradores que no tengan una participación significativa en la sociedad (inferior al 25 %) y que cumplan el resto de requisitos exigidos por la normativa fiscal.


Consecuencias del incumplimiento de requisitos

 

El incumplimiento de cualquiera de los requisitos durante el período de aplicación del régimen —por ejemplo, dejar de residir en España o percibir rentas de un establecimiento permanente— puede conllevar la pérdida automática del régimen fiscal especial.


Esto implicaría tener que tributar de forma retroactiva como residente fiscal ordinario, con la consiguiente regularización de impuestos y, en su caso, intereses de demora o sanciones.


Por esta razón, se recomienda realizar un seguimiento anual de las condiciones personales y fiscales del contribuyente, especialmente si su situación cambia (por ejemplo, cambio de empresa, modificación de residencia o inicio de actividad económica propia).

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Abogado fiscal en Ibiza para la Ley Beckham

 

Contar con un abogado fiscal en Ibiza especializado en la Ley Beckham es clave para aprovechar al máximo los beneficios de este régimen. En una región como Ibiza, donde conviven numerosos profesionales extranjeros, empresarios y nómadas digitales, este tipo de planificación fiscal puede marcar una diferencia significativa.


En Rodríguez Tur Abogados ofrecemos asesoría fiscal personalizada en Ibiza para trabajadores desplazados, directivos, inversores y profesionales que desean establecer su residencia en España. Estudiamos cada caso de forma individual para determinar si el régimen fiscal de impatriados es la opción más ventajosa, y gestionamos todo el proceso ante la Agencia Tributaria.


¿Conviene acogerse a la Ley Beckham en 2026?

 

La respuesta dependerá del perfil del contribuyente y de sus ingresos. Para profesionales con rentas medias o altas, que generan la mayor parte de sus ingresos en España y no poseen un patrimonio internacional complejo, el régimen sigue siendo altamente beneficioso en 2026.


Por otro lado, para quienes tienen importantes inversiones o fuentes de renta en el extranjero, es fundamental analizar si la tributación bajo la fiscalidad de no residente puede suponer una mejor optimización fiscal que la residencia ordinaria, o si existe riesgo de incompatibilidad con otros beneficios fiscales.


También hay que tener en cuenta factores como la planificación a medio y largo plazo, la duración de la estancia en España o posibles cambios normativos.


Recomendación legal y fiscal

 

Desde Rodríguez Tur Abogados recomendamos realizar un estudio fiscal previo antes de solicitar el régimen. Evaluamos:

  • El origen y naturaleza de tus rentas.
  • La viabilidad del cumplimiento de los requisitos.
  • El impacto de la Ley Beckham en tu declaración de la renta.
  • Riesgos fiscales o incompatibilidades según tu situación personal y profesional.

Un asesoramiento adecuado evita errores, maximiza los beneficios fiscales y garantiza tranquilidad durante tu residencia en España.

Juan Carlos Rodríguez Tur

Abogado - SOCIO DIRECTOR

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